Mediante la Resolución General N° 1025, publicada el 17 de octubre de 2024 por la Comisión Nacional de Valores (CNV), se somete a consulta pública un nuevo marco regulatorio para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en Argentina.
Este proyecto responde a la necesidad de establecer criterios claros y exigentes para el funcionamiento de los PSAV en base al artículo 38 de la Ley N° 27.739. Aunque la tecnología ha transformado la forma en que se intercambian y gestionan los activos virtuales, la regulación busca establecer un equilibrio entre la innovación y la protección de los usuarios. Se exponen a continuación los puntos más destacados:
Obligación de Registro: El primer paso hacia la transparencia
Se impone la obligatoriedad de inscripción a cualquier persona, humana o jurídica, que realice actividades como PSAV en Argentina en el «Registro de PSAV» habilitado por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esta obligación se aplica incluso a personas jurídicas constituidas fuera de Argentina si realizan actividades bajo ciertas modalidades como el uso de dominio «.ar», acuerdos comerciales con entidades locales para recibir fondos de residentes argentinos, direccionamiento o publicidad dirigida a residentes, o si el volumen de negocios en Argentina supera el 20% de su volumen total.
Excepciones a la normativa: Fomentando el crecimiento sin ahogar la innovación
La normativa en cuestión prevé que se encontrarán exceptuados de la obligación de inscripción en el Registro:
– los PSAV que realicen actividades u operaciones que no superen un monto equivalente a 35.000 UVA por mes calendario;
– aquellas personas que realizan intercambio de activos virtuales por moneda de curso legal o entre activos virtuales a título personal y (iii)
– quienes reciben activos virtuales como contraprestación por la venta de productos o servicios.
Este tipo de excepciones es crucial para que el crecimiento del ecosistema cripto continúe sin frenos innecesarios, favoreciendo a pequeños operadores y emprendedores que aún están en las etapas iniciales de su desarrollo.
Clasificación por categorías: Especialización como eje central
El enfoque adoptado por la CNV al clasificar los PSAV en cinco categorías:
1. Intercambio de activos virtuales por moneda de curso legal.
2. Intercambio entre diferentes activos virtuales.
3. Transferencia de activos virtuales.
4. Custodia y administración de activos virtuales.
5. Servicios financieros relacionados con activos virtuales.
Dichas categorías se clasifican según las actividades que desempeñan, demostrando una clara intención de especializar y profesionalizar el sector. Las personas humanas solo podrán operar dentro de las dos primeras categorías, garantizando de esta manera que las actividades más complejas queden en manos de estructuras con mayor solvencia y capacidad técnica.
Este esquema permitirá que tanto inversores como usuarios cuenten con una mayor previsibilidad en cuanto a las actividades y servicios que pueden esperar de cada PSAV, fomentando la confianza en el sistema.
Solvencia y seguridad: Protección al usuario como prioridad
Otro punto destacado del proyecto es el requisito de un patrimonio neto mínimo (PNM) para cada categoría de PSAV. Esta exigencia no solo garantiza la solvencia de los operadores, sino que protege a los usuarios de potenciales riesgos financieros. Además, los PSAV que se inscriban en más de una categoría deberán cumplir con el PNM más elevado, asegurando así una mayor estabilidad dentro del sector.
El cumplimiento de estas normas es esencial para salvaguardar los intereses de los inversores y garantizar que las plataformas no puedan operar en condiciones que comprometan la seguridad del sistema.
Requisitos de cumplimiento: Hacia un sistema seguro y transparente
La CNV ha establecido un conjunto integral de requisitos y obligaciones que los PSAV deberán observar durante el período de su inscripción. Estas exigencias abarcan desde la implementación de un Manual de Procedimientos y la notificación a la CNV sobre los sistemas informáticos empleados, hasta la adopción de robustas medidas de ciberseguridad y la realización de auditorías externas anuales de sistemas. Adicionalmente, se requiere la designación de un Responsable de Cumplimiento Regulatorio, la creación de un Código de Conducta, la adhesión a la normativa de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAFT), la presentación periódica de información a través de la Autopista de Información Financiera de la CNV, y la conservación de documentación por un mínimo de una década, entre otras disposiciones. Es importante destacar que cualquier incumplimiento de estas obligaciones conllevará la aplicación de las sanciones estipuladas en el Capítulo I del Título IV de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831, reforzando así el compromiso con un ecosistema de activos virtuales seguro y transparente.
Sanciones y cancelación de inscripción: Compromiso con el cumplimiento
Finalmente, el proyecto incluye un esquema de sanciones y mecanismos de cancelación de inscripción para aquellos PSAV que no cumplan con los requisitos exigidos. Esta herramienta es vital para mantener la integridad del sistema y reforzar la confianza del público en un mercado que, hasta ahora, ha sido en gran parte autorregulado.
En conclusión, la propuesta de reglamentación de los PSAV representa un esfuerzo significativo hacia la formalización y transparencia de un sector en crecimiento, con miras a integrar estos servicios en el marco regulatorio del mercado de capitales argentino. Este enfoque busca responder a los desafíos de seguridad, ciberseguridad y protección de los consumidores en un entorno caracterizado por su volatilidad y riesgo inherente. Al establecer requisitos estrictos de inscripción, patrimonios netos mínimos y regulaciones de custodia, la CNV enfatiza la necesidad de salvaguardar los intereses de los inversores y, a su vez, alinearse con estándares internacionales como los del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
En un entorno en el que la adopción de activos virtuales crece de manera exponencial, este proyecto de reglamentación es un paso crucial hacia la consolidación de un marco seguro y confiable para los usuarios. La transparencia y la supervisión efectiva no solo fomentan la confianza del inversor, sino que también fortalecen el mercado de activos virtuales, potenciando su desarrollo bajo condiciones de estabilidad y solvencia. Esta iniciativa sugiere una visión de futuro donde los activos digitales pueden operar con mayor previsibilidad y responsabilidad, alineándose con prácticas de buen gobierno corporativo que serán fundamentales para el crecimiento sostenido del sector.
Para más información sobre este tema, contactar a Santiago Miani (miani@zlmabogados.com.ar) y Diego Mangiorano (mangiorano@zlmabogados.com.ar).